jueves, 5 de noviembre de 2015

Viviendas turísticas de Aragón


GARLAN INMOBILIARIA

Las viviendas turísticas de Aragón deberán registrarse para ofrecer estancias inferiores a un mes. Se crea así una nueva categoría de alojamientos que no cuenta con un régimen fiscal específico ni deben cumplir requisitos tan exigentes como la hostelería tradicional, aunque sí podrán ser sancionadas.

Las viviendas turísticas deberán inscribirse previamente, lo que no significa que cuenten con permiso para poder ofertarse a través de agencias o webs específicas para estancias inferiores a un mes. Deberán acompañarlo de una “declaración responsable” de que el inmueble cumple los requisitos establecidos en el Decreto para la categoría que se desea otorgar a la vivienda. Sin esta comunicación no podrá ejercerse el servicio turístico de alojamiento. Se refiere a ofrecer los pisos en condiciones adecuadas de conservación, limpieza y prestación de servicios desde el día fijado para su ocupación, con suministros e instalaciones en funcionamiento. Los propietarios, titulares o empresas gestoras de viviendas turísticas deberán mantener los alojamientos que cedan en perfecto estado de habitabilidad, en concordancia con su categoría y con la descripción hecha.

Además, deberán identificarse mediante la colocación en el exterior de las mismas de un pictograma con las siglas "VUT" y el número de signatura o "matrícula" correspondiente a su inscripción en el Registro de Turismo de Aragón.
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